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Estatuto de Roles y Compromiso de Convivencia Escolar Colegio Saint Dominic
I INTRODUCCIÓN
El Colegio Saint Dominic, en su Declaración de Principios, establece que "el amor está expresado en la búsqueda del Bien Común, lo que implica una actitud de cariño y ayuda, desde y hacia los maestros, compañeros, apoderados" y prójimo en general. Basados en este fundamento es que el "Estatuto de Roles y Compromiso de Convivencia Escolar" ha sido elaborado con la participación activa de todos y cada uno de los estamentos que componen nuestra comunidad educativa; con este documento se busca regular nuestra convivencia diaria para que todos se sientan respetados en sus derechos y responsables de sus deberes, los cuales están explicitados en las páginas correspondientes..
Entenderemos por convivencia escolar "la interrelación entre los diferentes miembros de un establecimiento educacional, que tiene incidencia significativa en el desarrollo ético, socioafectivo e intelectual de alumnos y alumnas" (Política de Convivencia Escolar, Mineduc, 2002).
Siendo la buena convivencia un factor de bienestar para las personas, la comunidad educativa constituye un espacio privilegiado de relaciones interpersonales que servirá de modelo y que dará sentido a los estilos de relación entre los niños, niñas y jóvenes, futuros ciudadanos del país.
El "Estatuto de Roles y Compromiso de Convivencia Escolar", está estructurado a través de Títulos, Párrafos y Artículos.
Los Títulos y Párrafos son:
TÍTULO I: DE LOS ALUMNOS
Párrafo I Admisión Párrafo II Presentación personal Párrafo III Asistencia, Puntualidad, Atrasos y Permisos Párrafo IV Aseo, cuidado y pérdida de materiales Párrafo V Salidas a Terreno y Viajes de Estudio Párrafo VI Derechos y Deberes Párrafo VII Premios, Estímulos y Cargos Párrafo VIII Faltas, Sanciones y Procedimientos Párrafo IX Casos Especiales
TÍTULO II: DE LOS APODERADOS
Párrafo I Derechos Párrafo II Deberes Párrafo III Consideraciones generales
II FUNDAMENTO TEÓRICO
El ser humano es esencialmente social, nace y vive para estar y convivir con otros. Para hombres y mujeres, existir es convivir. La familia es el primer grupo humano en el que cada persona aprende a relacionarse e interactuar con otros seres, comenzando así a desarrollar su vocación social. Más adelante, es el Colegio el lugar en que se continúa, se profundiza y amplían estilos de interacciones y convivencia humana. En él conviven, se relacionan y se comunican permanentemente niños, jóvenes y adultos, constituyendo así un grupo más amplio y cercano a la sociedad en la que posteriormente se insertarán los jóvenes al egresar de las aulas escolares.
La UNESCO ha planteado que uno de los pilares de la educación para el siglo XXI es "aprender a vivir juntos", lo que en gran medida consiste en compartir espacios, tiempos, logros, dificultades, proyectos, sueños, etc. y este compartir se aprende, primero en el hogar y luego en el Colegio.
Poner énfasis en la convivencia escolar, entendida como una oportunidad de construir nuevas formas de relación inspiradas en los valores institucionales de Justicia, Libertad, Respeto, Compromiso, Responsabilidad, Sabiduría, Fe y Caridad, es una tarea que nos debe involucrar a todos sin excepción: alumnos, profesores, padres y apoderados.
La buena convivencia es un factor de bienestar para personas y grupos humanos, que influye positivamente en la calidad de los aprendizajes de alumnos y alumnas de todos los niveles escolares: Ciclos Inicial, Básico y Medio, convirtiéndose el respeto de los derechos de los alumnos y la formación en sus responsabilidades y deberes en parte sustancial de nuestra misión educativa.
La protección de este clima escolar requiere de una reflexión sobre la natural asimetría de las relaciones en la organización escolar, donde existen diferentes estamentos jerárquicos que requieren ser respetados, lo que no invalida la simetría básica referente a la dignidad de todas las personas.
En este campo de enseñanza se requiere que la retórica y la vida sean una sola cosa, significa nada menos que traducir en nuestros comportamientos los valores que declaramos, por lo que el quehacer pedagógico requiere de la consistencia entre el decir y el actuar.
Siendo nuestra meta institucional "Formar Personas en Sabiduría y Fe", la buena convivencia es un camino necesario de recorrer para su logro, lo que formará parte sustancial del sello que como institución deseamos entregar a nuestros alumnos.
III DISPOSICIONES GENERALES
Art. 1 El presente "Estatuto de Roles y Compromiso de Convivencia Escolar" constituye un instrumento para la regulación de la adecuada convivencia escolar, en busca del Bien Común para todos los integrantes de la comunidad escolar. En la elaboración del documento han participado representantes de los diferentes estamentos del Colegio: profesores de los diferentes ciclos, alumnos, inspectores, apoderados, psicopedagogas, orientadoras y psicóloga, a través de reuniones de estudio y resolutivas. Lo anterior valida este documento como marco regulatorio y resolutivo de la convivencia escolar.
Art. 2 Los alumnos, alumnas y apoderados del Colegio Saint Dominic han optado libremente por este Establecimiento Educacional. De esta manera, al integrarse a la comunidad escolar, aceptan y adhieren a los principios que rigen el Proyecto Educativo Institucional y las normas regulatorias que establecen el presente "Estatuto de Roles y Compromiso de Convivencia Escolar".
Art. 3 Los apoderados aceptan y adhieren al "Estatuto de Roles y Compromiso de Convivencia Escolar" y se comprometen a velar por su cumplimiento. Por lo tanto, este compromiso se hará efectivo al momento de la matrícula de sus hijos e hijas.
Art. 4 Cada familia podrá acceder al presente documento a través de la página web (como medio oficial de comunicación), un extracto en la Agenda Escolar 2010 o solicitándolo al Profesor Jefe, según corresponda.
TÍTULO I: "DE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS"
PÁRRAFO I: ADMISIÓN
Artículo Nº 1 El ingreso del alumno al Colegio requerirá, además de los requisitos legales establecidos por el Ministerio de Educación, de la aprobación de un examen de admisión en las asignaturas de Lenguaje y Matemática.
Artículo Nº 2 Para rendir dicho examen deberá retirar documentación en Secretaría de la Corporación, pagando el valor estipulado por la Institución.
Artículo Nº 3 El apoderado deberá asistir a una charla informativa, cuyo objetivo será dar a conocer las características y proyecciones de la Institución.
Artículo Nº 4 Una vez aprobado el examen, deberá estar en carpeta toda la información requerida: notas, informe de personalidad y fotocopia de la hoja de vida del escolar, más certificados de años anteriores y certificado de nacimiento, los que permitirán evaluar el ingreso al Establecimiento.
Artículo Nº 5 En el Ciclo Inicial se exigirá la edad correspondiente a cada nivel, cumplida al 31 de diciembre, más informes del Jardín anterior si los hubiera.
Artículo Nº 6 Los postulantes al Ciclo Inicial deberán rendir una Prueba de Diagnóstico para medir habilidades sociales, cognitivas, lingüísticas y motoras.
Los postulantes a los Ciclos Básico y Medio deberán rendir un Examen de Admisión en las asignaturas de Lenguaje y Matemática. La exigencia será de un 60% de aprobación, más una entrevista con el equipo de Orientación y Psicología.
Artículo Nº 7 El postulante recibirá información telefónica o por correo electrónico sobre sus resultados.
Artículo Nº 8 El apoderado tendrá dos semanas de plazo para matricular oficialmente a su pupilo a partir de la fecha en que se dieron a conocer los resultados.
Artículo N° 9 En el momento de la matrícula deberá presentar certificados originales, una foto carné, además de los documentos mencionados en el artículo Nº 4.
Artículo N° 10 Todo alumno nuevo quedará sujeto a una Condicionalidad anual, que será evaluada en el Consejo de Evaluación de fin de año, para determinar su permanencia en el Colegio.
PÁRRAFO II: PRESENTACIÓN PERSONAL
La sencillez y prestancia, rasgos que distinguen al alumno del Colegio Saint Dominic, están reflejados en su comportamiento y presentación personal, la que debe observarse en el cuidado prolijo de su uniforme. En especial, considerando que el adecuado uso del uniforme institucional, devela el compromiso de respeto, corrección y cariño de nuestros alumnos para con su Colegio, a la vez que es la muestra visible y representativa de nuestra comunidad educativa frente a la sociedad.
Artículo N° 1 El uniforme oficial diario del Colegio desde los niveles de Play Group a 2° Básico será el buzo deportivo. Para Educación Física deberá considerar, además, el uso de short y polera oficial del Establecimiento.
Artículo N° 2 El uniforme oficial diario del Colegio desde los niveles de 3° Básico a 4° Medio, en el caso de:
Las Damas usarán falda y suéter de color gris, polera blanca con cuello ribeteado azul - rojo, medias grises, cortavientos oficial y zapatos escolares de color negro. Delantal cuadrillé azul con blanco, obligatorio hasta 6° Básico. En 7° y 8° Básicos y Enseñanza Media usarán delantal color blanco en clases de Artes y Laboratorios.
Los Varones usarán pantalón a la cintura y suéter gris, polera blanca ribeteado azul - rojo, calcetines plomos, cortavientos institucional y zapatos color negro. Cotona color beige es de uso obligatorio hasta 6° Básico. En 7° y 8° Básicos y Enseñanza Media usarán delantal blanco en clases de Artes y Laboratorios.
Las damas y varones, en tiempo de invierno o de frío, podrán usar parcas y polar azul marino, gorros, bufandas y guantes azules y/o rojos. Las damas están autorizadas para usar pantalón gris de vestir.
Artículo N° 3 Las alumnas podrán usar aros de perla medianos o de oro, no colgantes. No podrán usar extensiones ni teñidos de cabello que resulten inapropiados.
Los alumnos no podrán usar: aros, piercing, ni colgantes. El pelo deberá ser regular corto (que no sobrepase el cuello de la camisa), no tinturado.
Artículo N° 4 Para ceremonias y actos oficiales (Primera Comunión, desfiles, liturgias, Banda), o cuando la autoridad lo disponga, los alumnos usarán:
Polera blanca ribeteada azul - rojo, calcetines plomos, cortavientos institucional y zapatos color negro. En el caso de las damas, medias blancas e insignia institucional.
Para integrantes de Banda, Estandartes y Escoltas: blázer azul, camisa blanca, corbata e insignia institucionales, soquetes color negro en varones, blancos en damas, pantalón gris o blanco, según lo requiera la ocasión.
Los alumnos de 4º Medio podrán hacer uso del blázer azul en desfiles y licenciatura de fines de año.
Vestimenta clases sistemáticas de Educación Física:
Damas:
Varones:
Vestimenta clases de natación: damas y varones:
PÁRRAFO III: ASISTENCIA, PUNTUALIDAD, ATRASOS Y PERMISOS
ASISTENCIA: La asistencia a clases es obligatoria, así también para todos los eventos y actividades oficiales del Colegio para los cuales fuesen citados los alumnos.
La asistencia mínima para ser promovido de curso, en los niveles de 1° Básico a 4° Medio, es del 85%, exigencia regulada por las normas de Evaluación y Promoción Escolar vigentes.
Artículo N° 1 La inasistencia a clases y/o a actividades escolares deberá ser justificada vía agenda escolar por el apoderado. Las inasistencias superiores a tres días, deberán ser justificadas personalmente por el apoderado en Inspectoría, entregando los certificados médicos o de otra índole que la justifique.
Artículo N° 2 Las inasistencias a clases no liberan al alumno de sus responsabilidades académicas, debiendo solicitar un nuevo calendario de evaluaciones en Dirección de Estudios.
PUNTUALIDAD Y ATRASOS:
Constituye uno de los requisitos fundamentales para el buen desarrollo de las clases, por lo que el alumno debe llegar puntual al inicio de la Jornada escolar y después de cada recreo, para que la clase comience sin interrupciones.
Artículo N° 3 Todo alumno que sea atendido en enfermería deberá presentar el pase correspondiente al inspector de piso antes de ingresar a la sala.
Esta atención será consignada por la enfermera de turno en la agenda escolar.
Ciclo Inicial
Artículo N° 4 El alumno que llega atrasado deberá presentarse en Inspectoría quien entregará un pase a su apoderado, quien finalmente lo presentará a la Educadora. La Educadora registrará el atraso en el Libro de Clases.
Artículo N° 5 Al alumno que cumpla 5 atrasos, se citará a su apoderado a entrevista con la Educadora. Si la falta se reitera en 3 atrasos, el apoderado será citado por la Coordinadora de Ciclo.
Artículo N° 6 El retiro de un alumno durante la Jornada deberá ser informado vía agenda por su apoderado. El retiro del alumno durante la Jornada de clases deberá ser realizado por el apoderado o por el adulto que fue registrado a comienzos de año para estos efectos.
Artículo N° 7 Si la persona que retira al alumno no es el apoderado ni la persona registrada, la Educadora se comunicará telefónicamente con el apoderado solicitando la autorización del retiro de su hijo del Colegio, ya sea durante la jornada o a su término.
Ciclo Básico (1° a 6° Básicos)
Artículo N° 8 El alumno que llegue atrasado deberá presentarse en Inspectoría, donde se consignará en su agenda y libro de registro, entregándole un pase para el ingreso a la sala de clases. El alumno que llega después de los diez primeros minutos de clases, deberá presentarse con su apoderado en la Inspectoría, e ingresará a la sala de clases a la segunda hora.
Artículo N° 9 El alumno que cumpla tres atrasos, se considerará una falta leve y, por tanto, se citará al apoderado, en primera instancia con el Inspector.
Artículo N° 10 Frente a la reiteración de la falta (tres atrasos más), el Inspector procederá a citar al apoderado con el Coordinador de Ciclo, para establecer un compromiso escrito de puntualidad. Si el alumno reiterara los atrasos se considerará falta grave, siendo citado por el Profesor Jefe para informar de sanción.
Artículo N° 11 El retiro de un alumno durante la Jornada deberá ser informado vía agenda por su apoderado.
Artículo N° 12 Si la persona que retira al alumno durante o al término de la jornada no es el apoderado, el Inspector se comunicará telefónicamente con éste, solicitando la autorización del retiro de su hijo del Colegio.
Ciclo Medio (7° Básico a 4° Medio)
Artículo N° 13 El toque de timbre marcará el inicio de la jornada, por lo que los alumnos, en ese momento, deberán encontrarse en su sala de clases.
El Profesor Jefe cerrará la puerta de la sala, no permitiendo el ingreso de alumnos.
Artículo N° 14 Los alumnos que lleguen posterior al inicio de la Jornada entregarán su agenda al Inspector, quien les dará un pase.
Los alumnos atrasados ingresarán a la sala sólo con el pase entregado por el Inspector.
Artículo N° 15 El alumno que llegué después de los diez primeros minutos de clases, deberá presentarse con su apoderado en la Inspectoría e ingresará a la sala de clases a la segunda hora.
Artículo N° 16 El alumno que cumpla tres atrasos, se considerará una falta leve, y por tanto se citará al apoderado, en primera instancia con el Inspector. Además será citado a estudio controlado en un horario adicional a la jornada escolar habitual, por el tiempo de una hora y treinta minutos. La ausencia deberá ser justificada por el apoderado de manera presencial en Inspectoría.
Artículo N° 17 Frente a la reiteración de la falta (tres atrasos más), el Inspector procederá a citar al apoderado con el Coordinador de Ciclo respectivo, para establecer un compromiso escrito de puntualidad. Además el alumno deberá llegar dos días a las 7.30 horas y firmar el cuaderno de registro con Inspector de turno, primer piso.
Artículo N° 18 De reiterar los atrasos (tres atrasos más), aumentarán los días en que el alumno deberá llegar al Colegio a las 7.30 horas, siendo citado los sábados en la mañana a trabajo comunitario, en horario de 9.00 a 11.00 horas, cuando cumpla con más de seis atrasos.
Artículo N° 19 Si el alumno reiterara los atrasos (tres atrasos más), se considerará falta grave, la que irá en aumento en la medida en que la falta se reitere, siendo comunicada por el Profesor Jefe al Apoderado.
Artículo N° 20 Si el alumno llega atrasado después de un recreo o cambio de hora, deberá presentarse con pase entregado por el Inspector de piso.
Artículo N° 21 Si el alumno reiterara los atrasos se considerará falta grave, la que irá en aumento en la medida en que la falta se reitere, siendo comunicada por el Profesor Jefe al Apoderado.
Artículo N° 22 El retiro del alumno antes del término de la jornada escolar deberá ser realizado en forma personal por el apoderado, debiendo firmar el libro de retiro, previa autorización del Inspector.
No se aceptarán solicitudes de retiro vía teléfono o agenda, para no exponer la integridad del alumno.
PÁRRAFO IV: ASEO, CUIDADO Y PÉRDIDA DE MATERIALES
Artículo N° 1 Los alumnos deberán mantener el aseo y orden en cualquier dependencia del Colegio.
Artículo N° 2 Los alumnos deberán concurrir al Colegio con todos sus útiles y prendas debidamente marcados.
Artículo N° 3 Es obligación de los alumnos el cuidado de los útiles y materiales de uso personal y común.
Artículo N° 4 Cualquier daño provocado en equipos o materiales de uso personal o común, será responsabilidad del alumno asumir los gastos de reparación, sin que esto lo libere de sanciones si corresponde.
Artículo N° 5 En horarios de recreo, los alumnos deberán salir de sus salas y dirigirse a los lugares destinados a su recreación. Las salas deberán quedar debidamente cerradas por el Inspector de Piso de modo de evitar la pérdida de sus pertenencias.
Artículo N° 6 Es responsabilidad del alumno el cuidado de sus pertenencias; el Colegio no se hará cargo por la pérdida de dinero u objetos de valor que sean ajenos al proceso educativo.
PÁRRAFO V: SALIDAS A TERRENO Y VIAJES DE ESTUDIO
Artículo N° 1 Los alumnos podrán salir del Colegio a una visita, exposición, charla u otra actividad, siempre que exhiban en Inspectoría la autorización escrita y firmada por los padres o el apoderado. De no presentar la autorización de manera oportuna, el alumno deberá permanecer en el Establecimiento, aún cuando haya realizado algún pago anterior para dicha actividad. Los Profesores o Inspectores no pueden hacerse cargo de alumnos que no cuenten con dicha autorización.
Artículo N° 2 El comportamiento del alumno durante las salidas o viajes estará regido por las normas del Colegio, por lo que deberán procurar mostrar las mismas actitudes y comportamientos que se esperan dentro del Establecimiento.
Artículo N° 3 En los Viajes de Estudio dentro y fuera del país no podrán asistir jóvenes que no sean alumnos regulares en su curso.
Artículo N° 4 El alumno que presente Condicionalidad al Comportamiento no podrá asistir al Viaje de Estudio, dentro o fuera del país.
Artículo N° 5 Al Viaje de Estudio de los alumnos de 8° Básico asistirán los Profesores Jfes de cada curso y Pofesores acompañantes que serán designados por el Coordinador de Ciclo Medio.
Artículo N° 6 Al viaje de estudio de los alumnos de 3° Medio asistirán los profesores jefes de cada curso y profesores acompañantes, que serán escogidos en una terna propuesta por los alumnos de cada curso, siendo definidos finalmente por el Rector del Colegio.
PÁRRAFO VI: DERECHOS Y DEBERES
DERECHOS: Artículo Nº 1 Ser respetado como persona, en un trato digno y equitativo.
Artículo Nº 2 Gozar de un ambiente educativo agradable, donde se preserve la salud física y mental.
Artículo Nº 3 Recibir una educación de calidad, participando en un proceso de aprendizaje que desarrolle las habilidades y talentos, garantizando una formación integral.
Artículo Nº 4 Disponer de una infraestructura y equipamiento educativo adecuados para el desarrollo de los procesos pedagógicos.
Artículo Nº 5 Estar informado de sus responsabilidades, así como de su situación académica y conductual, a través de las instancias correspondientes.
Artículo Nº 6 Estar informado de los resultados de las evaluaciones por parte del profesorado, dentro del plazo establecido (quince días hábiles).
Artículo Nº 7 Recibir un trato justo, procurando la solución de conflictos mediante los procesos estipulados en el manual de convivencia.
Artículo Nº 8 Ser tratado sin discriminación por razones de género, raza, lengua, salud, religión, ideologías, y nivel socioeconómico.
Artículo Nº 9 Ser atendido en sus inquietudes personales y académicas, en las instancias adecuadas para ello, siendo tratado con respeto y amabilidad.
Artículo Nº 10 Derecho al resguardo de toda información relativa a sus situaciones personales y familiares.
Artículo Nº 11 Elegir y ser elegido en las distintas instancias de representación de su curso y colegio, si es que se cumple con los requisitos para ello.
Artículo Nº 12 Participar en todas las actividades que el colegio ofrece, cumpliendo con los requisitos y condiciones establecidas.
Artículo Nº 13 Recibir primeros auxilios en caso de accidentes o enfermedad, a través del seguro escolar (ley N° 16.744), llamando al apoderado en los casos necesarios.
DEBERES:
Artículo Nº 1 Conocer y respetar los principios del Proyecto Educativo Institucional (PEI) así como las normas del manual de convivencia del colegio.
Artículo Nº 2 Tratar con respeto a cada uno de los integrantes de la comunidad educativa.
Artículo Nº 3 Cuidar y mantener el orden, limpieza y condiciones ambientales de los espacios educativos.
Artículo Nº 4 Demostrar compromiso y esfuerzo en el trabajo escolar de cada asignatura, manteniendo un comportamiento adecuado en cada una de las clases.
Artículo Nº 5 Rendir las pruebas calendarizadas y entregar trabajos y tareas en los plazos solicitados.
Artículo Nº 6 Portar su agenda escolar diariamente y darle el uso que corresponde. Cumplir con el envío y devolución de informativos y comunicaciones entre colegio y apoderados.
Artículo Nº 7 Respetar y usar el uniforme oficial del colegio.
Artículo Nº 8 Cumplir de forma responsable con las actividades extracurriculares a las que el alumno voluntariamente se ha inscrito.
Artículo Nº 9 Asistir y representar al colegio en actividades religiosas, cívicas, culturales, deportivos, artísticos y científicos, cuando la institución lo solicite, y cumpliendo con los requisitos para ello.
Artículo Nº 10 Mantener una conducta adecuada, tanto fuera como dentro del establecimiento al cual se representa.
Artículo Nº 11 Respetar la estricta prohibición de consumo y venta de tabaco, alcohol, y drogas, al interior del establecimiento.
PÁRRAFO VII: PREMIOS, ESTÍMULOS Y CARGOS
Artículo N° 1 El Colegio reconocerá y estimulará los logros y actitudes positivas de sus alumnos (as).
Artículo N° 2 Toda actitud de un alumno (a) que se destaque por ser representativa de las virtudes y valores propios de la concepción educativa del Colegio, será reconocida mediante una anotación positiva.
Artículo N° 3 Las anotaciones positivas serán informadas por escrito al apoderado, periódicamente.
Artículo N° 4 Las anotaciones positivas serán consideradas como antecedentes para la concesión de distinciones.
Artículo N° 5 Todo alumno (a) que opte a una distinción o cargo estudiantil, deberá tener una actitud compatible con la concepción educativa del Colegio.
Artículo N° 6 Se consideran cargos estudiantiles, aquellos en que el alumno representa, en un modo u otro, a la Comunidad Escolar.
Artículo N° 7 Todos los premios otorgados por el Colegio que necesitan promedio de notas, deberán incluir Religión.
Artículo N° 8 Corresponderá al Comité de Rectoría determinar si un alumno (a) impedido de ejercer un cargo estudiantil, puede desempeñarlo excepcionalmente.
Artículo N° 9 Toda concesión de premio o designación de cargo, deberá incluir, por parte del alumno (a) el cumplimiento de toda la normativa mencionada anteriormente
Artículo N° 10 Todo alumno (a) que esté en posesión de un cargo estudiantil y que incurra en falta grave, podría ser privado de él, por el Sr. Rector del Colegio, a proposición del Consejo de Profesores.
Artículo N° 11 El reconocimiento a los logros de los estudiantes, se materializará entregando todos los años, al finalizar el periodo escolar, un premio a los alumnos (as) que se han destacado en algún aspecto de su desempeño escolar.
Artículo N° 12 Los premios serán entregados en dos ceremonias especiales de carácter público, con la presencia de Padres y Apoderados y estarán presididas por el Directorio de la Corporación Docente Saint Dominic.
Artículo N° 13 Los profesores jefes propondrán al Consejo de Profesores la nómina de alumnos (as) que consideren merecedores de algunos de los premios indicados más adelante. El Consejo analizará sus antecedentes, proponiendo la nómina de los premiados al Sr. Rector para su aprobación final.
PREMIOS GENERALES:
De 3° año de Educación General Básica a 4° Año de Enseñanza Media, se otorgarán los siguientes premios por cursos:
1. Premio de distinción Se otorgará a todos los alumnos (as) que obtengan un promedio de notas entre: 6.0 y 6.49 (sin aproximación). Para los alumnos(as) será necesario, además, que tengan promedio igual o superior a 5.0 en cada una de las asignaturas. Los alumnos que opten a este premio no podrán estar Condicionales por falta a la honestidad o copia en prueba. En el caso exclusivo de los alumnos de IVº Medio, el promedio de notas anteriormente señalado, se podrá aproximar para su obtención. 2. Premio de excelencia Se otorgará a todos los alumnos (as) que tengan un promedio de notas entre 6.5 y 7.0. Para los alumnos (as) se exige el mismo requisito señalado en el premio anterior. Los alumnos que opten a este premio no podrán estar Condicionales por falta a la honestidad o copia en prueba. En el caso exclusivo de los alumnos de IVº Medio, el promedio de notas anteriormente señalado, se podrá aproximar para su obtención.
3. Premio al mejor compañero Se otorgará este premio al alumno(a) que sea elegido como tal por sus compañeros de curso.
4. Premio de pastoral Se otorgará al alumno(a) que, a juicio del Departamento de Pastoral, se haya destacado en el liderazgo, compromiso y participación en las actividades pastorales.
5. Premio al espíritu de servicio Se otorgará a los alumnos (as) que, a juicio del Consejo de Profesores, se hayan destacado por su espíritu de servicio a la comunidad en forma integral y no sólo en aquellas actividades que son de su agrado o preferencia.
PREMIOS ESPECIALES DE CUARTOS MEDIOS:
Artículo N° 7 Los alumnos que egresan de Cuarto Medio, tendrán los siguientes premios especiales:
1. Premio de deportes Se otorgará al alumno (a) que se haya destacado por su trayectoria deportiva durante toda su etapa escolar, desde el Ciclo Básico a Ciclo Medio. Recibirán este premio una dama y un varón de la Generación que egresa, en caso que ambos cumplan con los requisitos exigidos.
2. Premio de artes musicales y premio de artes visuales Se otorgará a los alumnos (as) que se hayan destacado por su perseverancia y participación en los talleres de artes musicales y artes visuales durante los cuatro años de la Enseñanza Media.
3. Premio de inglés Se otorgará al alumno (a) que más se haya destacado por su trayectoria en la asignatura de Inglés durante los cuatro años de la Enseñanza Media.
4. Premio de pastoral Se otorgará al alumno (a) que, a juicio del Departamento de Pastoral, se haya destacado en el liderazgo, compromiso y participación en las actividades pastorales.
5. Premio al mejor promedio en el área humanista Se otorgará al alumno (a) que haya obtenido el mejor promedio durante los cuatro años de Enseñanza Media.
6. Premio al mejor promedio en el área científica Se otorgará al alumno (a) que haya obtenido el mejor promedio durante los cuatros años de Enseñanza Media.
7. Premio al espíritu de servicio Se otorgará a los alumnos (as) que, a juicio del Consejo de Profesores, se hayan destacado por su espíritu de servicio a la comunidad en forma integral y no sólo en aquellas actividades que son de su agrado o preferencia.
8. Premio para prefect destacado Se otorgará al Prefect, que a juicio del Coordinador de Ciclo Medio, resultare calificado con la máxima distinción en las actividades de colaboración que contribuyen a la disciplina general del Colegio.
9. Premio mejor padrino/madrina Se otorgará al alumno (a) que demuestre una notable cercanía con los niños que integran el colegio, dedicando especial afecto y tiempo para ellos. Este premio será propuesto por las profesoras jefes de primeros básicos al Coordinador de Ciclo Medio.
10. Premio Centro de Alumnos espíritu de cooperación y compañerismo Será otorgado al alumno (a) que se destaque por su espíritu de cooperación, compañerismo y fraternidad hacia toda la comunidad Saint Dominic. Este premio será designado por el Centro de Alumnos del Colegio.
11. Premio al mejor compañero Se otorgará este premio al alumno que sea elegido como tal por sus compañeros de curso.
12. Premio al liderazgo, Paula Howard Dyson Será otorgado al alumno (a) que represente una serie de cualidades de un egresado Saint Dominic, así como el sincero compromiso con la fe, la verdad y la razón. Este premio será designado por el Consejo de Profesores.
GRANDES PREMIOS:
Artículo N° 8 Los alumnos (as) que egresan de Cuarto Año Medio obtendrán los siguientes Grandes Premios:
1. PREMIO AL MEJOR PROMEDIO GENERAL: Habrá dos tipos de premios: - Se otorgará al alumno (a) que egrese con el mejor promedio general de los cuatro años de Enseñanza Media, entre los que cursaron en el Colegio desde Primer Año Básico, sin interrupciones. - Será otorgado al alumno (a) que egrese con el mejor promedio general durante sus cuatro años de Enseñanza Media.
2. PREMIO CENTRO GENERAL DE PADRES. Será otorgado al alumno (a) que haya dado ejemplo de Espíritu de Servicio durante su permanencia en el Colegio. Será donado por el Centro General de Padres a proposición del Sr. Rector y de acuerdo a disposiciones especiales para este premio.
3. PREMIO SANTO DOMINGO DE GUZMÁN. Será otorgado al alumno (a) que represente en mayor medida las virtudes y valores que conforman el perfil de alumno (a) que el Colegio quiere formar. Será donado por el Directorio de la Corporación Docente Saint Dominic a proposición del Sr. Rector y de acuerdo a las disposiciones especiales para este premio.
DISPOSICIONES ESPECIALES PARA OTORGAR LOS PREMIOS "CENTRO GENERAL DE PADRES" Y "SANTO DOMINGO DE GUZMÁN".
Artículo N° 9 Los profesores jefes de los Cuartos Medios propondrán al Consejo de Profesores, los nombres de los alumnos (as) que consideren merecedores de ser postulados para recibir los premios, acompañando la proposición con antecedentes concretos.
Artículo N° 10 Para ser postulado, el alumno deberá haber cursado en el colegio los cuatro años de Enseñanza Media, o haber permanecido en él a lo menos ocho años, dos de los cuales deben haber sido en Enseñanza Media.
Artículo N° 11 El Consejo de Profesores procederá a analizar los antecedentes de los alumnos propuestos a la luz de los hechos concretos presentados por los proponentes o del perfil del alumno del colegio, según sea el caso.
Artículo N° 12 En el caso del premio "Santo Domingo de Guzmán", el Consejo de Profesores evaluará cada uno de los aspectos señalados en el perfil del alumno, lo que conducirá a una terna que será presentada al Sr. Rector para su decisión final.
Artículo N° 13 En el caso del premio "Centro General de Padres", el Consejo de Profesores elegirá una terna que será presentada al Sr. Rector para su decisión final.
CARGOS:
Reglamento Cuerpo de Prefects:
Artículo N° 1 Integrar en forma plena a los alumnos de Cuarto Medio a los objetivos formativos del Colegio.
Artículo N° 2 Desarrollar en ellos el espíritu de responsabilidad y servicio.
Artículo N° 3 Enseñarles en forma práctica el ejercicio justo y prudente de la autoridad.
Artículo N° 4 Contribuir a mejorar la disciplina general del Colegio.
Organización:
Artículo N° 5 El Colegio contará con un cuerpo de Prefect, constituido por alumnos que colaborarán en la tarea formativa, haciéndose responsables de trabajos específicos.
Artículo N° 6 Serán miembros del Cuerpo de Prefects los alumnos de 4° Medio que postulen voluntariamente y resulten elegidos de acuerdo a las necesidades del colegio.
Artículo N° 7 El Cuerpo de Prefects dependerá del Coordinador de Ciclo Medio.
Artículo N° 8 Las tareas específicas del Cuerpo de Prefect deberán desarrollarse en estrecha colaboración con los Profesores jefes y Cuerpo de Inspectores.
Artículo N° 9 Los alumnos Prefects deberán presentar un rendimiento y comportamiento acorde al cargo que ejercerán. No podrán postularse al cargo de Prefect los alumnos que a la fecha estén Amonestados o Condicionales por: comportamiento, rendimiento académico, responsabilidad y puntualidad.
Funciones:
Artículo N° 10 Los Alumnos Prefects serán distribuidos de manera que tengan responsabilidades específicas en un curso determinado.
Artículo N° 11 Será responsabilidad de los Prefects de Curso:
Colaborar en el control del comportamiento de los alumnos en el patio. Colaborar en la formación del curso en el patio. Colaborar en la conducción del curso a la sala de clases. Conocer personalmente a los alumnos del curso que les fuere designado, preocupándose de sus problemas escolares y colaborando en su solución. Informar prudentemente al Profesor Jefe de los problemas detectados por ellos, no con ánimo que se apliquen sanciones, sino, para que se solucionen formativamente. Colaborar en actividades que sean solicitadas por el Profesor Jefe, siempre que sea posible y no interfiera con las tareas propias de su actividad escolar. Mostrar siempre una conducta y presentación personal consecuente con su cargo.
Designación:
Artículo N° 12 Al finalizar el Año Académico, el Coordinador de Ciclo Medio, procederán a seleccionar a aquéllos alumnos de Tercero Medio que conformarán el nuevo Cuerpo de Prefects. Para ser seleccionado se requerirá:
- Que los alumnos postulen voluntariamente. - Que los candidatos presenten una conducta y un rendimiento acorde al cargo que ejercerán.
Evaluación:
Artículo N° 13 Al fin del Segundo Semestre de cada año, el Coordinador de Ciclo Medio procederá a calificar el desempeño de los Prefects.
Artículo N° 14 El Prefect que resultare calificado con la máxima distinción recibirá un Premio Especial, que será otorgado en la Graduación de los Cuartos Medios.
Artículo N° 15 El Prefect que faltare gravemente o en forma reiterada a sus deberes como tal o a sus obligaciones estudiantiles, recibirá una sanción que, según gravedad de la falta, se consignará en:
Amonestación Verbal Amonestación Escrita Expulsión del Cuerpo de Prefects
Artículo N° 16 La comunicación de la sanción corresponderá al Coordinador de Ciclo Medio.
PÁRRAFO VIII: FALTAS, SANCIONES Y PROCEDIMIENTOS
La aplicación de las sanciones debe tomar como base el acompañamiento del alumno (a) en el proceso de la formación de una conciencia libre y recta, capaz de asumir con responsabilidad, junto a otros: padres y apoderados, profesores, y todo miembro de la comunidad escolar, su crecimiento personal y optar siempre por el bien, de acuerdo a los valores que el Colegio promueve.
Por tanto resulta fundamental, previo a la aplicación de cualquier sanción, que el profesor o agente educativo dialogue con el alumno (a) invitándolo a reflexionar sobre su acción o falta realizada. Es indispensable en este sentido, tomar en cuenta la pertinente relación entre la falta cometida y la etapa del desarrollo escolar en que se encuentra el alumno (a), para establecer medidas formativas y sanciones.
Artículo Nº 1 Toda trasgresión a las normas que regulan la convivencia escolar y el bien común, constituirán una falta, las cuales se clasificarán en: Leve, Moderada, Grave, y Gravísima. Cada una de estas faltas deberá ser consignada explícitamente en la hoja de vida del alumno, en el Libro de Clases.
Artículo Nº 2
I. PRIMERO BÁSICO A SEXTO BÁSICO:
A. Faltas Leves:
Y cualquier otra del mismo tenor que no esté expresamente considerada como falta leve anteriormente mencionada
Procedimientos y Sanciones:
II. SÈPTIMO BÁSICO A CUARTO MEDIO
A. Faltas Leves:
Y cualquier otra del mismo tenor que no esté expresamente considerada como falta leve anteriormente mencionada
Procedimientos y Sanciones:
Artículo Nº 3
I. PRIMERO BÁSICO A SEXTO BÁSICO:
B. Faltas Moderadas: Será considerada falta moderada cada vez que se presente un Incumplimiento por tercera vez de la misma falta leve.
Y cualquier otra del mismo tenor que no esté expresamente considerada como falta moderada anteriormente mencionada
Procedimientos y Sanciones:
II. SÈPTIMO BÁSICO A CUARTO MEDIO
Y cualquier otra del mismo tenor que no esté expresamente considerada como falta moderada anteriormente mencionada Procedimientos y Sanciones:
De ser necesario, el profesor jefe citará al apoderado junto a su hijo para establecer un compromiso en cuanto a acciones para favorecer un comportamiento adecuado.
Artículo Nº 4
I. PRIMERO A SEXTO BÁSICO:
C. Faltas Graves: Incumplimiento por tercera vez de la misma falta moderada.
Y cualquier otra del mismo tenor que no esté expresamente considerada como falta grave anteriormente mencionada
Procedimientos y Sanciones:
7.- Cursar una Suspensión de clases por determinación de la Dirección de Formación o las Coordinaciones de Ciclos respectivas. El carácter de la Suspensión y la modalidad de su cumplimiento se establecerán según el tenor de la falta, su reiteración y su efecto sobre el bien común. 8.- Derivar al estamento de orientación y psicología para determinar estrategias a seguir. 9.- Estas faltas además serán analizadas en el Consejo de profesores siendo sancionadas desde la Amonestación hasta la Condicionalidad. 10.-El apoderado deberá ser citado para la firma del Documento, donde toma conocimiento de la sanción, y de los requerimientos que le solicita el Colegio.
II. SÈPTIMO BÁSICO A CUARTO MEDIO
C. Faltas Graves: Incumplimiento por tercera vez de la misma falta moderada.
Y cualquier otra del mismo tenor que no esté expresamente considerada como falta grave anteriormente mencionada
Procedimientos y Sanciones: 1. Se recopilará toda la información necesaria para tener claridad sobre la falta cometida, considerando todas las atenuantes, agravantes, responsabilidades, evidencias y posibles daños físicos o morales realizados. 2. Conversar con el alumno, favoreciendo la reflexión sobre la falta realizada. 3. De ser necesario y atingente aplicar medidas formativas y/o reparatorias coordinadas con estamento de Orientación y Psicología. 4. Registrar en la hoja de vida del alumno. 5. Comunicar por escrito vía agenda solicitando la firma del apoderado. 6. Coordinador de Ciclo y profesor jefe citarán a entrevista al apoderado. 7.- Cursar una Suspensión de clases por determinación de la Rectoría, Dirección de Formación o las Coordinaciones de Ciclos respectivas. El carácter de la Suspensión y la modalidad de su cumplimiento se establecerán según el tenor de la falta, su reiteración y su efecto sobre el bien común. 8. En los casos que el Director de Formación estime necesario, se derivará al estamento de orientación y psicología para determinar estrategias a seguir. 9. Estas faltas además serán analizadas en el Consejo de profesores siendo sancionadas desde la Recomendación hasta la Condicionalidad. 10. El apoderado deberá ser citado para la firma del Documento, donde toma conocimiento de la sanción, y de los requerimientos que le solicita el Colegio.
Artículo Nº 5
I. PRIMERO A SEXTO BÁSICO:
D. Faltas Gravísimas: Incumplimiento por tercera vez de la misma falta grave.
Y cualquier otra del mismo tenor que no esté expresamente considerada como falta gravísima anteriormente mencionada
Procedimientos y Sanciones:
8.- Cursar una Suspensión de clases por determinación de la Rectoría, Dirección de Formación o las Coordinaciones de Ciclos respectivas. El carácter de la Suspensión y la modalidad de su cumplimiento se establecerán según el tenor de la falta, su reiteración y su efecto sobre el bien común. 9.- Estas faltas serán analizadas en el Consejo de Profesores siendo sancionadas desde la Condicionalidad hasta la solicitud de Cancelación de Matrícula propuesta a Rectoría, quien decidirá la sanción en virtud del bien común del curso o del Colegio, de acuerdo a los principios de la Corporación Docente Saint Dominic. 10.-El apoderado será citado por el Profesor jefe, para la firma del Documento donde tomará conocimiento de la sanción aplicada, y de los requerimientos que el Colegio le solicita.
II. SÈPTIMO BÁSICO A CUARTO MEDIO
D. Faltas Gravísimas: Incumplimiento por tercera vez de la misma falta grave.
Y cualquier otra del mismo tenor que no esté expresamente considerada como falta gravísima anteriormente mencionada
Procedimientos y Sanciones: 1. Se recopilará toda la información necesaria para tener claridad sobre la falta cometida, considerando todas las atenuantes, agravantes, responsabilidades, evidencias y posibles daños físicos o morales realizados. 2. Conversar con el alumno, favoreciendo la reflexión sobre la falta realizada. 3. De ser necesario y atingente aplicar medidas formativas y/o reparatorias coordinadas con estamento de Orientación y Psicología. 4. Registrar en la hoja de vida del alumno. 5. Comunicar por escrito vía agenda solicitando la firma del apoderado. 6. Coordinador de Ciclo y profesor jefe citarán a entrevista al apoderado. 7.- Cursar una Suspensión de clases por determinación de la Rectoría, Dirección de Formación o las Coordinaciones de Ciclos respectivas. El carácter de la Suspensión y la modalidad de su cumplimiento se establecerán según el tenor de la falta, su reiteración y su efecto sobre el bien común. 8. En los casos que el Director de Formación estime necesario, se derivará al estamento de orientación y psicología para determinar estrategias a seguir. 9. Estas faltas además serán analizadas en el Consejo de profesores siendo sancionadas desde la Condicionalidad hasta la solicitud de Cancelación de Matrícula propuesta a Rectoría, quien decidirá la sanción en virtud del bien común del curso o del Colegio, de acuerdo a los principios de la Corporación Docente Saint Dominic. 10 El apoderado y el alumno/a deberá ser citado por el Profesor Jefe para la firma del Documento, donde toma conocimiento de la sanción, y de los requerimientos que le solicita el Colegio.
Consideraciones relevantes:
El alumno no podrá mantener la sanción otorgada por el Consejo Semestral de Profesores, por más de dos semestres consecutivos. Cumplido este plazo, se analizará la situación para decidir si la sanción se retira o pasa a la categoría superior.
La negativa del apoderado a firmar el documento que informa la sanción dada por el Consejo de Profesores, será consignada como un antecedente, pero no afectará su aplicación.
Protocolos de Acuerdo:
La Dirección de Formación en conjunto con Coordinación de Ciclo, tendrán la facultad de solicitar al área de Orientación y Psicología, la implementación de Protocolos de Acuerdo, documento elaborado por tal instancia en conjunto con profesora jefe, según si las necesidades de un alumno (a), así lo ameriten.
Esta acción se llevará a cabo en los casos en que sea necesario dejar por escrito las acciones que el Colegio ha solicitado a la familia, para el mejor apoyo de cada alumno en las áreas de aprendizaje y conducta, mencionando las acciones a nivel de alumno, apoderado y Colegio. Estas solicitudes se refieren a tratamientos con profesionales externos, entrega de informes de avance, ciertas estrategias de apoyo parental, etc.
La revisión del cumplimiento del protocolo de acuerdo, será realizado a fines de cada semestre en las entrevistas de seguimiento realizadas tanto por el profesor jefe con apoyo del equipo de Formación como por Coordinación de Ciclo. El no cumplimiento de las acciones solicitadas en tales protocolos será también un punto relevante de análisis en los consejos de Profesores, para la adecuada toma de decisiones.
Consideraciones relevantes: El alumno no podrá mantener la sanción otorgada por el Consejo Semestral de profesores, por más de dos semestres consecutivos. Cumplido este plazo, se analizará la situación para decidir si la sanción se retira o pasa a la categoría superior. La negativa del apoderado a firmar el documento que informa la sanción dada por el Consejo de Profesores, será consignada como un antecedente, pero no afectará su aplicación.
PÁRRAFO IX: CASOS ESPECIALES
EMBARAZO Y PATERNIDAD ADOLESCENTE Como colegio tenemos el deber de acoger a nuestras alumnas que durante el período escolar se encuentren embarazadas y para ello proponemos compartir y hacer propios los siguientes criterios, teniendo siempre en cuenta que en esta etapa de sus vidas habrá que considerar de modo maduro y profundo su nueva y esencial condición de Madres.
La comunidad escolar tendrá siempre en cuenta que es a los jóvenes padres a quienes corresponde el hacerse cargo de todas las necesidades de su hijo por nacer, sin embargo procurará cooperar, dentro de lo que le compete, facilitando su quehacer como alumnos.
Considerando nuestra realidad de comunidad - colegio inmerso en una sociedad, es preciso tener en cuenta las orientaciones propuestas por la normativa legal, señalada en la ley Nº 18. 962 que regula el estatuto de las alumnas en situación de embarazo y maternidad. En ésta se incorpora el derecho que tienen las estudiantes que están embarazadas o que sean madres lactantes, para ingresar y permanecer en establecimientos educacionales de cualquier nivel, y a que se les otorguen las facilidades necesarias para seguir sus estudios.
Artículo N° 1 Atendiendo a la salud biológica y psicológica de la joven y del hijo que espera, las futuras madres deberán tomar descanso de pre y post natal (44 y 88 días respectivamente). Tal deber procurará las condiciones adecuadas de tranquilidad y cuidado para la alumna y su bebé.
Artículo N° 2 Durante tal período de reposo, el colegio, a través del profesor jefe y con la colaboración de los profesores de asignatura, se compromete a proveer los apuntes y materiales necesarios para que la alumna prosiga su proceso enseñanza aprendizaje, paralelo al de su curso. Asimismo los profesores Jefes de Departamento estarán encargados de entregar al Director de Estudios las evaluaciones pertinentes para que puedan ser rendidas según un calendario establecido de mutuo acuerdo entre el profesor Jefe y Dirección de Estudios.
Artículo N° 3 Terminado el período de post natal, si no hay contraindicación de tipo médica, la alumna se reintegrará normalmente a clases, acogiéndose a lo indicado en la normativa legal. Asimismo deberá ceñirse a lo establecido en los Reglamentos Internos del Establecimiento.
Artículo N° 4 El Colegio se compromete a brindar apoyo a las alumnas, alumnos y sus familias a través de un acompañamiento realizado por el Área de Orientación y Psicología. Asimismo queda a disposición de las familias cualquier ayuda que requieran por parte del Capellán y el Departamento de Pastoral.
Artículo N° 5 Si quien vive la situación de paternidad es un alumno, el Colegio evidenciará su apoyo además, otorgando flexibilidad en la asistencia y rendición de evaluaciones el día del nacimiento y los cinco días posteriores a éste, a objeto de propiciar y favorecer la responsabilidad que cabe al joven respecto del nuevo rol que debe asumir.
Artículo N° 6 Los padres se comprometerán a acoger las sugerencias y consideraciones que pueda proponer el colegio atendiendo a cada caso en particular.
TÍTULO II "DE LOS PADRES Y APODERADOS"
DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS DE LA CORPORACIÓN DOCENTE SAINT DOMINIC
El artículo 3º de los Estatutos de la Corporación establece que:
"La corporación tiene por objeto la docencia, la formación y orientación vocacional de las personas de cualquier sexo, o rango social"
"La participación de los apoderados en esta tarea, consistirá en ayudar a los alumnos en la enseñanza, vigilando sus tareas, ayudándolos en ellas en lo posible, y sobre todo inculcándole a los alumnos, los hábitos de respeto y aprecio hacia sus maestros y el cumplimiento de sus deberes de personas, estudiantes y buenos compañeros, tanto en lo fundamental como en lo formal. Esta función será cautelada por el Centro de Padres y Apoderados y su directiva responderá ante la Corporación de su eficacia". (Declaración de principios de la Corporación párrafo 2º).
Para el cumplimiento del rol señalado, los padres y apoderados tendrán los siguientes Derechos y Responsabilidades:
PÁRRAFO I: DERECHOS
Los padres y apoderados tendrán los siguientes derechos:
Artículo N° 1 Representar a sus pupilos en todas las instancias necesarias.
Artículo N° 2 Ser informado por el colegio sobre las políticas educacionales, formativas y orientadoras del establecimiento.
Artículo N° 3 Ser informado oportunamente sobre los reglamentos internos en especial del Manual de Convivencia y el de Promoción y Evaluación Escolar, y sus respectivas modificaciones.
Artículo N° 4 Recibir un trato cortés y respetuoso por parte de los demás miembros de la comunidad educativa.
Artículo N° 5 Ser informados periódicamente o cuando lo soliciten, de la situación de sus pupilos, tanto en lo académico como en lo disciplinario y formativo; a ser recibidos y escuchados por profesores, directivos, paradocentes y la administración, debiendo para esto seguir el conducto regular que el colegio determine y siempre en términos respetuosos.
Artículo N° 6 Conocer y ser informados oportunamente, de las sanciones disciplinarias de las que sean objeto sus pupilos y a apelar por escrito ante todas las instancias que se establezcan para este efecto y a recibir respuesta dentro de los cinco días hábiles siguientes.
Artículo N° 7 Hacer llegar al Colegio sus sugerencias, opiniones y reclamos, en términos respetuosos, siguiendo el conducto regular o a través del Centro General de Padres y Apoderados.
Artículo N° 8 A conocer oportunamente y por escrito el calendario de actividades y evaluaciones, asimismo, podrá solicitar con respeto y siguiendo el conducto regular la aclaración de dudas sobre la calificación de sus pupilos.
Artículo N° 9 Recibir para sus pupilos los servicios profesionales de psicopedagogía, orientación educacional y vocacional, y psicología ofrecidos por el colegio, en los niveles que corresponda.
Artículo N° 10 Recibir para sus pupilos, la debida y oportuna atención médica, en caso de enfermedad o accidente ocurridos durante la jornada escolar dentro o fuera del colegio.
Artículo N° 11 Autorizar o no autorizar la participación de su pupilo en actividades extra programáticas, paseos o salidas a terreno.
Artículo N° 12 A asociarse al Centro General de Padres y Apoderados y a participar de sus actividades.
Artículo N° 13 A formar parte de las Directivas de Subcentro.
Artículo N° 14 Realizar reuniones de Directiva de Curso en presencia del Profesor Jefe con la autorización del respectivo Coordinador de Ciclo o del Rector.
Artículo N° 15 Solicitar el uso de las dependencias del colegio, fuera de horas de clase, en actividades debidamente autorizadas por el Rector y en las condiciones que disponga la Gerencia.
Artículo N° 16 Que se le respete la información confidencial.
Artículo N° 17 Solicitar el retiro temporal de su pupilo de la jornada escolar.
PÁRRAFO II: DEBERES Y RESPONSABILIDADES
Artículo N° 1 Todo alumno(a) debe tener un Apoderado, pudiendo desempeñar tal función su padre, madre o ambos; o un tercero que acredite ante el colegio, su calidad de sostenedor del proceso educativo del alumno(a).
Artículo N° 2 El apoderado representa al Alumno(a) ante la Dirección del Colegio siendo responsable y supervisor del comportamiento y rendimiento escolar de su pupilo.
Artículo N° 3 Los apoderados deben asumir responsablemente su rol y en toda actuación deberán conducirse con apego a los principios de respeto mutuo y lealtad para con todos los miembros de la comunidad educativa dando así testimonio y ejemplo de sana convivencia.
Artículo N°4 Velar porque su pupilo comprenda, respete y cumpla con las obligaciones y deberes que le impone su condición de alumno(a) del Colegio Saint Dominic.
Artículo N° 5 Conocer y aceptar la normativa vigente tanto en lo académico (Reglamento de Evaluación) como en lo formativo (Estatuto de Roles y Compromiso de Convivencia Escolar).
Artículo N° 6 Velar por la correcta presentación, aseo personal, y puntualidad de su pupilo.
Artículo N° 7 Concurrir a las citaciones que se le formulen para tratar cualquier asunto relacionado con su pupilo, debiendo avisar oportunamente si no le fuera posible acudir en el día y hora señalada para efectos de reprogramar la entrevista.
Ante inasistencia reiterada a entrevista para la firma de documento, este será enviado por carta certificada para su toma de conocimiento.
Artículo N° 8 Asistir a las reuniones de curso, debiendo justificar por escrito vía agenda su inasistencia.
Artículo N° 9 Velar que su pupilo asista diariamente a clases y actividades oficiales del colegio.
Artículo N° 10 Justificar toda inasistencia a clases de su pupilo, mediante comunicación escrita, instruyéndolo que la presente al profesor jefe y /o al profesor con el cual tenga clases a primera hora.
Artículo N° 11 Justificar personalmente, mediante certificado médico, cuando la inasistencia a clases o a evaluaciones sea por enfermedad, el certificado debe ser entregado el primer día de su reincorporación, en la Inspectoría General.
Artículo N° 12 Revisar diariamente la Agenda Escolar, firmando las comunicaciones o citaciones, tomando conocimiento de tareas, deberes y evaluaciones de su pupilo. Como así mismo, mantenerse informado a través de la página Web del Colegio.
Artículo N° 13 Verificar que su pupilo se presente diariamente con su Agenda Escolar.
Artículo N° 14 Respetar y seguir el conducto regular en todas sus actuaciones y actividades relacionadas con el colegio, evitando injuriar o descalificar a través de correos, mails u otro medio público a cualquier miembro de la comunidad educativa.
Artículo N° 15 Responder por los daños, perjuicios y deterioros causados comprobadamente por su pupilo a los bienes y dependencias del colegio.
Artículo N° 16 Comunicar por escrito al Rector en caso de ausencia prolongada del alumno por viaje.
Artículo N° 17 Nombrar un apoderado suplente en caso de ausencia prolongada, debiendo informar por escrito al Director de Formación.
Artículo N° 18 Informar oportunamente al profesor jefe, al Coordinador de Ciclo y a la Gerencia el cambio de dirección y/o teléfono.
Artículo N° 19 Informar oportunamente al profesor jefe de cualquier acontecimiento o circunstancia que pueda afectar el desempeño y desarrollo de su pupilo (enfermedad, fallecimiento, entre otras).
Artículo N° 20 Informar oportunamente al profesor jefe, si el pupilo debe someterse a tratamientos médicos o terapéuticos, como asimismo informar del tipo y posología de los medicamentos.
Artículo N° 21 Responder a los requerimientos que el colegio le solicite respecto a que su pupilo sea atendido por un especialista externo de la especialidad que corresponda: psíquica, física, apoyo pedagógico o psicopedagógico, u otros, debiendo hacer llegar el informe que dicho especialista emita al profesor jefe.
Artículo N° 22 Aceptar y respetar la prohibición de acceso a las salas de clase, patios, gimnasio, talleres, laboratorios u otras dependencias durante la jornada escolar.
PÁRRAFO III: CONSIDERACIONES GENERALES
Ante el incumplimiento de estos deberes y responsabilidades, el Coordinador de Ciclo llamará al apoderado, invitándolo a reflexionar y cambiar su actitud, en caso de no aceptación, de reiteración o atendiendo a la gravedad del caso, el Rector podrá solicitar el cambio de apoderado, el afectado podrá apelar de esta determinación ante el Directorio de la Corporación Docente Saint Dominic.
El colegio, de acuerdo a la legislación vigente considera un deber intervenir en aquellos casos en que se evidencie maltrato o negligencia por parte de un apoderado hacia su pupilo, tanto de orden físico como psicológico, lo que será informado en todos los casos al profesor jefe, al Director de Formación, al especialista interno, orientador o psicólogo, además del Rector, pudiendo éste oficiar a las autoridades que corresponda.
Será también considera como una grave transgresión a la convivencia de nuestra comunidad, el hecho que algún apoderado aborde en forma agresiva y violenta a algún alumno o a cualquier otro miembro de la Comunidad del Colegio al interior de este o afuera, lo insulte o lo agreda, reservándose nuestra institución todos los recursos legales pertinentes y la solicitud por parte de la Rectoría de cambio de Apoderado y la prohibición de ingreso al Colegio.
Viña del Mar, Enero de 2010 |



